LO QUE EL VIENTO SE LLEVÓ
Notas sobre proyecto de energía eólica y participación pública al hilo de la sentencia 317/2025 del Tribunal Supremo y de la sentencia de 1 de agosto de 2025 del Tribunal de Justicia de la UE (asunto C-461/24)
Palabras clave:
Parques eólicos; Evaluación de impacto ambiental; Fragmentación artificiosa; Información pública; Público interesadoResumen
El artículo analiza la STS 317/2025 de 21 de marzo de 2025 y la STJUE de 1 de agosto de 2025 (C-461/24), que clarifican aspectos esenciales del régimen de evaluación de impacto ambiental y participación pública en proyectos eólicos en España, especialmente en Galicia. Ambas resoluciones resuelven la incertidumbre generada por centenares de litigios sobre parques eólicos. El Tribunal Supremo precisa los criterios sobre la fragmentación artificiosa, la reducción de los plazos de información pública y la tramitación de informes sectoriales, mientras que el TJUE avala la simultaneidad entre la información pública y la consulta administrativa, siempre que se garantice una participación efectiva. En conjunto, las sentencias, aportando seguridad jurídica, deberían desbloquear el desarrollo del sector eólico; quedan como cuestión de fondo las opciones de política del Derecho para afianzar la conexión entre transición energética, legitimidad democrática y participación ciudadana.
