APORTACIONES SOCIALES EN LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDAS. COMENTARIO A LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA (SECC. 1a) NÚM. 429/2017 DE 14 DE SEPTIEMBRE

Autores/as

  • Sinesio Novo Fernández

DOI:

https://doi.org/10.35869/ces.v0i40.1390

Palabras clave:

cooperativas de viviendas, fuentes de financiación, aportaciones sociales

Resumen

Los recursos de financiación de las cooperativas de viviendas, al igual que el del resto de sociedades de este tipo, son múltiples y presentan distintos caracteres. Cuando los recursos proceden de los socios, es importante precisar qué categoría
jurídica representa esta fuente de financiación a la hora de determinar el régimen aplicable a su reembolso

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Publicado

2019-07-05

Número

Sección

Xurisprudenza