ASTURIAS DIGITALIZA Y FLEXIBILIZA LA GESTIÓN DE SUS COOPERATIVAS
DOI:
https://doi.org/10.35869/ces.v0i44.4390Palavras-chave:
economía Social, Cooperativas, Fondo de educación y promoción cooperativas, Asamblea General, Convocatoria TelemáticaResumo
La reforma llevada a cabo por el Comunidad Autónoma de Asturias de su Ley 4/2010, de 29 de junio, de Cooperativas, a través de su nueva Ley 5/2021, de 23 de diciembre, merece, sin duda, un comentario elogioso por su depurada técnica normativa, lo que facilitará que cumpla su objetivo de modernización tecnológica y flexibilización de su gestión.
En el presente trabajo abordamos los cuatro preceptos modificados que son: el artículo 46 (“Forma de la convocatoria” [de la Asamblea General]”); el 48 (“Lugar de la asamblea” [General]); el 70 (“El consejo rector. Organización y adopción de acuerdos”) y su artículo 101 (“Fondo de educación y promoción cooperativa”).
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