EL RECURSO A LOS MEDIOS TELEMÁTICOS Y A LOS ESTATUTOS TIPO PARA LA CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES LABORALES
DOI:
https://doi.org/10.35869/ces.v0i41.1484Palabras clave:
Sociedades limitadas laborales, economía social, estatutos tipo, documento único electrónicoResumen
Hasta el RD 44/2015, de 2 de febrero, no existía regulación respecto a la agilización de la puesta en marcha y constitución de las sociedades limitadas laborales, que hasta entonces trataban de acogerse a las normas que con carácter general se aplicaban a las sociedades limitadas no laborales en el RD 1332/2006, de 21 de noviembre. El Documento Único Electrónico es el instrumento clave para agilizar las gestiones previstas y la inscripción, siendo relevante que los socios se acogieran o no a los estatutos tipo. El problema es que dichos estatutos no contemplan las particularidades derivadas del carácter laboral de las sociedades limitadas. El presente trabajo trata de identificar las ventajas y las carencias del sistema legal establecido, que debe tener presente la necesidad de fomentar la puesta en marcha de las sociedades laborales.